Los criterios bancarios a la hora de conceder una hipoteca se fundamentan en una regla a priori sencilla; el solicitante debe acreditar suficiente solvencia para que la entidad asuma el menor riesgo y se garantice que el préstamo será devuelto.

En definitiva, el banco elaborará un estudio minucioso de la solvencia del solicitante al amparo de la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario de 2019 en la que se recogen los principales factores para determinar la idoneidad de la operación. De todos ellos podemos destacar los siguientes por ser los más valorados:

Estos son los factores más valorados al solicitar una hipoteca

El nivel de ingresos. En este caso, la regla también es simple; la cuota del préstamo no debe superar idealmente más del 30% del salario mensual. En ocasiones ese porcentaje puede llegar al 35% o el 40%, especialmente si no se tienen otras cargas económicas adicionales.

Estabilidad laboral. La modalidad de contrato y la antigüedad en la empresa en el momento de solicitar la hipoteca son también factores muy determinantes. Evidentemente, un contrato indefinido ofrece al banco mayor garantía que uno temporal, y, por otro lado; cuanta más antigüedad se tenga en la empresa más posibilidades se tendrá de acceder al préstamo. Otros aspectos como el cargo o el potencial de crecimiento o promoción en la empresa también se valoran.

En caso de ser autónomo, se le solicitarán todos los documentos que acrediten la buena salud del negocio, su estabilidad y proyección, así como la contabilidad de la empresa y los movimientos de la cuenta corriente, por ejemplo.

Ahorros. El solicitante debe hacerse a la idea de que es conveniente que cuente con un capital de inicio de al menos el 20% del importe de tasación del inmueble, a ello habría que añadirle otro 10% e concepto de los gastos asociados.

Historial de crédito. De nuevo, otra regla; el nivel de endeudamiento no debe superar el 40% de los ingresos anuales. El banco también tendrá en cuenta si el solicitante está pagando otros préstamos en el momento de solicitar la hipoteca o si cumplió en tiempo y forma con préstamos anteriores. El banco, además, puede consultar si el cliente figura en ficheros externos, como las listas de morosos o en la Central de Información de Riesgos (CIR) del Banco de España. En estas bases de datos a las que acceden las entidades se puede comprobar cualquier préstamo, crédito o aval a nombre del solicitante y si figura en alguna lista de morosos.

Edad. Por poner un ejemplo; para una hipoteca a 30 años el solicitante, idealmente, no debería superar los 40-45 años. Normalmente los bancos determinan los 75 como la edad límite al término de la operación, la razón es simple; a partir de la jubilación los ingresos salariales serán inferiores.

El estado civil, hijos u otras personas a su cargo. A ojos de la entidad, un matrimonio con los dos cónyuges trabajando ofrece más garantía porque lógicamente la carga hipotecaria se equilibra.  Y desde ese mismo prisma financiero, el hecho de no tener hijos o personas dependientes a cargo hace que la garantía sea mayor ya que en principio los titulares del préstamo tendrán una capacidad mayor para pagarlo.

Avales. En el caso de que el perfil financiero del solicitante no sea óptimo, la entidad bancaria solicitará garantías o avales. Éstas pueden ser de tipo personal; por ejemplo, los padres de uno de los titulares que en caso de impago responderán con sus bienes presentes y futuros, o puede responder el propio titular con un bien propio; por ejemplo, un inmueble libre de cargas.

El scoring

Las entidades bancarias complementan y agilizan sus estudios con herramientas basadas en algoritmos e inteligencia artificial. De este modo se analizan los mismos parámetros que tiene en cuenta el analista de riesgos. El sistema hace una comparativa entre perfiles de clientes similares que figuran en su base de datos y se obtiene una calificación final en forma de número.

Documentación básica que hay que presentar

Además de su documento de identidad, el futuro comprador debe aportar los documentos que confirmen su idoneidad para la concesión de la hipoteca.

  • Última declaración de la Renta.
  • Contrato de trabajo.
  • Últimas nóminas y los justificantes bancarios de su ingreso.
  • Informe de la vida laboral.
  • Justificantes de otros ingresos; por ejemplo, si es beneficiario de algún tipo de ayuda o si percibe rentas de una vivienda en alquiler.
  • El extracto bancario de todas las cuentas a su nombre.
  • Últimos recibos emitidos si dispone de otros préstamos.
  • La nota simple de la vivienda objeto del préstamo y, si los hubiere, de otros inmuebles ya en propiedad.

 

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Fuente: elpais.com